Militarización de la frontera norte

Militarización de la frontera norte de Argentina y sus implicaciones en la movilidad territorial de trabajadoras/es bolivianas/os

Recientemente el presidente de Argentina Mauricio Macri anunció el envío de 4000 efectivos de las Fuerzas Armadas a la frontera norte del país con el objeto de combatir el narcotráfico. Se trata de una propuesta que pretende articular el accionar de Gendarmería con el de las FFAA para incrementar el control en los pasos fronterizos con países limítrofes como Bolivia, Paraguay y Brasil (INFOBAE 31/07/18).

Una particularidad que revisten los flujos migratorios de los países que limitan con Argentina es que adoptan la modalidad de migraciones transnacionales que vinculan permanentemente los lugares de origen, tránsito y destino, en un constante ir y venir entre las fronteras nacionales (Sassone, 2009). En el noroeste de país, esta movilidad antecede la conformación misma de los estados republicanos, que al constituirse dividieron a la región andina y a sus habitantes en distintos países limitados por fronteras nacionales. Esta región, que hoy la integran los territorios que forman parte del extremo norte de Argentina y Chile, y el sur de Perú y Bolivia, se ha caracterizado por implementar prácticas de movilidad poblacional desde tiempos ancestrales que se remontan a la civilización tiahuanacota (1500 a.C.). En este sentido, la movilidad socio-espacial y la utilización de diferentes espacios geográficos y pisos ecológicos, constituyen una constante en las prácticas de sobrevivencia y reproducción sociocultural de los habitantes de esta región (Hinojosa Gordonava, 2009).

La creciente militarización de las fronteras argentinas forma parte de un conjunto más amplio de políticas impulsadas por el gobierno, que ponen de relieve la creciente discriminación y xenofobia hacia los migrantes de procedencia no europea que habitan el suelo argentino. En base a la experiencia acopiada en el trabajo de campo con migrantes bolivianas/os en la ruralidad de Mendoza, y a las oportunidades en que transité por los pasos fronterizos habilitados que vinculan a la Argentina con Bolivia, expondré algunas de las implicaciones más dramáticas de las medidas llevadas adelante por la actual gestión gubernamental.

En Argentina hay casi dos millones de extranjeros, que representan sólo el 4,5% de la población total (CNPyV, 2010). Entre ellos, el 68% lo componen migrantes de países limítrofes. A lo largo de todos los censos nacionales, éstos siempre representaron entre el 2% y el 2,9% del total de la población residente en el país, alcanzando los valores actuales como consecuencia de un crecimiento lento pero sostenido.

Desde mediados del siglo XIX hasta el presente, las migraciones en Argentina han sido orientadas por tres leyes fundamentales: la Ley N° 817 de Inmigración y Colonización (ley Avellaneda, vigente entre 1876 – 1980); la ley N° 22.439 de Migraciones y Fomento de la Inmigración (ley Videla, vigente entre 1981 – 2003) y la ley N° 25.871 de Migraciones (Giustiniani, vigente desde 2004 hasta el presente, con algunas modificaciones) (Novick, 2008). De forma muy apretada, se puede señalar que previo a la ley N° 25.871, el tratamiento jurídico de los migrantes en Argentina transitó desde una perspectiva garantista, en especial hacia los migrantes procedentes de ultramar (Ley Avellaneda), pasando por una serie de decretos que comenzaron a limitar el ingreso y permanencia de los grupos “no deseados” (Leyes de Residencia/1902, y Defensa Social/1910); hasta las formas de legislación más restrictivas y disciplinarias hacia los migrantes, en particular de los provenientes de países limítrofes (Ley Videla).

Con la aprobación en 2004 de la ley 25.871 se suscitó un cambio de paradigma en el tratamiento de la cuestión migratoria, desde un enfoque securitista hacia uno basado en los derechos humanos, que apuntaba a fortalecer el tejido sociocultural del país y promover la integración socio-laboral de los inmigrantes, que posicionaba al Estado como “garantizador” del derecho a migrar (Novick, 2008). No obstante, hacia el final de la gestión kirchnerista se fueron multiplicando las señales de hostilidad hacia las poblaciones migrantes, por ejemplo, con la modificación del Código Procesal Penal en 2014, que impulsaba la expulsión de extranjeros en situación irregular sorprendidos en flagrancia de un delito, sin juicio previo, disposición a la que se opuso el entonces Director Nacional de Migraciones; o por medio de la Disposición de “falso turista” de 2014, que habilitaba a la Dirección de Migraciones a efectuar rechazos en frontera por sospechas basadas en criterios discriminatorios (Canelo, Gavazzo y Nejamkis, 2017).

El cambio de gestión en 2015 comenzó a impulsar un conjunto de medidas que se posicionaron de lleno en el paradigma de securitización de la cuestión migratoria. Entre ellas se destaca la creación en 2015 de un Centro de Detención para infractores de la Ley de Migraciones en la ciudad de Buenos Aires, destinado a retener a aquellas personas que hubieran ingresado ilegalmente al país o bien tuvieran dictamen previo a su expulsión (Telam, 26/08/16). Este giro se completó en el mes de enero de 2017 con el Decreto Presidencial de Necesidad y Urgencia N° 70, que modificó varios artículos de la Ley Migratoria 25.871 (Canelo, Gavazzo y Nejamkis, 2017). A partir de datos presentados de forma engañosa, dicho decreto liga la migración con el narcotráfico y la criminalidad organizada, confunde irregularidad con criminalidad, permite impedir el ingreso y/o la permanencia y cancelar la residencia por causas judiciales en Argentina[1] o en el exterior en tiempos sumarísimos (aún si ellas carecen de sentencia firme) –suspendiendo así la presunción de inocencia– y habilitando deportaciones como meras gestiones administrativas –independientemente de los años resididos en Argentina (CELS, 2017). Frente al avasallamiento de derechos que provocaba este decreto, algunas organizaciones de DDHH presentaron ante la justicia un recurso de amparo, que finalmente lo declaró anticonstitucional en segunda instancia. No obstante, el estado ha continuado aplicándolo a pesar de violar con ello el fallo judicial (Gavazzo, 2017).

Estas transformaciones introducidas por el Decreto N° 70 se incorporaron con la excusa de que la ley 25.871 resultaba demasiado permisiva y efectuaba escasos controles en materia migratoria. No obstante, bajo esta ley se mantuvo un exhaustivo control en las fronteras, así como en los requisitos para ingresar y permanecer en el país (Sassone y Cortes, 2010; Caggiano, 2007; Pizarro, 2014), poniéndose de relieve la continuidad de ciertas prácticas securitistas como el incumplimiento de diferentes derechos de las personas migrantes (Domenech, 2012; Courtis y Pacecca, 2007), situación que fue denunciada en varias oportunidades por académicos, migrantes y defensores de derechos humanos. Esta situación permite visibilizar las múltiples barreras político-administrativas que impiden el cumplimiento de las disposiciones legales (Moreno y Martín Valdéz, 2013), así como el hecho de que la cuestión migratoria no ha dejado de ser una arena conflictiva en nuestro país (Canelo, Gavazzo y Nejamkis, 2017).

Bajo estas circunstancias los migrantes regionales han cruzado las fronteras en un fluir constante por distintos motivos: trabajo, salud, educación, como el de viajar hacia las áreas del resto de la Argentina donde ellos residen (Sassone y Cortes, 2010). Bajo distintas modalidades han engrosado siempre las filas de la clase trabajadora para cubrir una demanda de trabajo de calificación media y baja que no incide en la desocupación de los nativos ni en sus condiciones de trabajo (Maguid, 1995; Pereira, 2010).

En este sentido, recuperando la dimensión diacrónica, observamos que siempre de la mano de la implementación de políticas neoliberales, las diversas gestiones estatales de Argentina han construido a este sector como un chivo expiatorio a quien culpabilizar por la crisis económica y la falta de empleo. En especial esto se manifestó a partir de mediados de la década de 1990, cuando comenzaron a ser responsabilizados por la delincuencia, la inseguridad, la proliferación de enfermedades como el cólera y el incremento dramático de la desocupación. En el presente nuevamente se ha vuelto a recurrir a la misma estrategia de estigmatización, ahora bajo el pretexto de disuadir el narcotráfico y la trata de personas.

Son cuantiosas las investigaciones y organismos no gubernamentales que, tanto en aquel entonces como en la actualidad, han refutado mediante datos científicos las afirmaciones y prácticas que tienen como blanco a las poblaciones de migrantes regionales, quienes se ven igualmente afectados por las políticas de ajuste neoliberal, incluso desde una posición más vulnerada por su acceso diferencial a los derechos básicos.

En este sentido cabe destacar que a contramano de aquellas apreciaciones que sostienen que los migrantes regionales expolian los recursos nacionales, los datos demuestran que contribuyen de forma significativa a la generación de riquezas de Argentina. Por ejemplo, entre 2007 y 2011 su aporte a la economía osciló entre 3900 y 5000 millones de dólares sólo en el sector formal (Mármora, 2015). Si agregamos a ello su aporte a las arcas nacionales a través del impuesto al valor agregado (IVA), su contribución ronda entre 1000 y 1500 millones de dólares al año (Mármora, 2015). Asimismo, en los sistemas de salud y educación, el impacto de la población migrante sudamericana es escaso, rondando el 4% de atenciones en el caso de la salud (OIT, 2010) y el 1,33% en todos los niveles educativos (Mármora, 2015).

Si bien la xenofobia y la discriminación retornaron a la arena política desde antes del cambio de gestión en 2015, a partir de entonces han cobrado una hostilidad inusitada marcada por un discurso abiertamente racista y violento respecto de los derechos humanos de aquellos extranjeros de pieles oscuras, como se ha demostrado recientemente a través del accionar de la policía bonaerense contra los vendedores senegaleses[2], y se ratifica ahora a través de la nueva medida implementada en los pasos fronterizos de Bolivia, Paraguay y Brasil.

Frente a este sombrío escenario, cabe destacar la capacidad de convocatoria y articulación que fueron ganando en las últimas décadas las organizaciones de inmigrantes y de derechos humanos junto a grupos de intelectuales y activistas, que en la actualidad están tomando cartas en el asunto frente al avasallamiento de derechos imperante. Estas potencialidades y herramientas de lucha todavía no se habían desarrollado ni mucho menos fortalecido durante la larga década menemista, y hoy constituyen las principales herramientas de lucha y reivindicación de esta causa. Esperamos que esta reseña de la problemática contribuya en este sentido.

Marta Silvia Moreno
Especialista en migraciones laborales
INCIHUSA, CONICET, Mendoza
Miembro del Observatorio de Conflictividad Social de Mendoza
Para la Red de Observatorios de Conflictividad ROC

Citas

[1] Vale aclarar que la negativa de regularizar a quienes hayan cometido un delito en el país o en el exterior que propone el Decreto N°70, ya estaba contemplado en la ley 25.871. No obstante, este último ubica a las poblaciones migrantes en una situación de extrema vulnerabilidad, dado que por ejemplo, no pueden participar de una protesta para la defensa legítima de sus derechos, ya que esta práctica puede motivar la apertura de una causa que justifique luego su expulsión.

[2] https://www.pagina12.com.ar/119751-brutalidad-policial-en-flores. Consultado el 31/07/18

Fuentes censales

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Fuentes documentales

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